Se aprueba Iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2015 del Municipio de Xicohtzinco.
La Comisión de Finanzas y Fiscalización de ésta Sexagésima Primera Legislatura en sesión ordinaria de trabajo de fecha veintiséis de noviembre del presente año, decidió aprobar el Dictamen que contiene la Iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Xicohtzinco, Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2015, con fundamento en lo que establece el artículo 45 de la Constitución Política del Estado de Libre y Soberano de Tlaxcala, se permite someter a la consideración de ésta Honorable Asamblea del Congreso del Estado de Tlaxcala para su aprobación, la siguiente:
Artículo 1. En el Estado de Tlaxcala las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a los ordenamientos tributarios que el Estado y Municipio establezcan.
Las personas físicas y morales del Municipio de Xicohtzinco, deberán contribuir para los gastos públicos municipales de conformidad con la presente ley.
Artículo 2. Los ingresos que el Municipio de Xicohtzinco, percibirá en el ejercicio fiscal comprendido del día primero de enero al treinta y uno de diciembre del año 2015, serán los que se obtengan por concepto de:
I. Impuestos;
II. Derechos;
III. Productos;
IV. Aprovechamientos;
V. Participaciones y Aportaciones, y
VI. Ingresos extraordinarios.
Artículo 3. Para efectos de la presente ley se entenderá por: Salario, Código Financiero, Ayuntamiento, Municipio, Administración Municipal, Ley Municipal, Reglamento de Protección Civil,Reglamento de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Reglamento Interno, Bando Municipal, Reglamento de Seguridad Pública, “M.L.”, Metros lineales, Reglamento de Agua Potable.
Artículo 4. Los ingresos mencionados en el artículo 2, de esta ley, se detallan en las cantidades estimadas siguientes:
CONCEPTO |
PRESUPUESTO 2015 |
IMPUESTOS |
746,303.00 |
IMPUESTO PREDIAL |
686,303.00 |
IMPUESTO URBANO |
645,572.00 |
IMPUESTO RUSTICO |
40,731.00 |
TRANSMISIÓN DE BIENES INMUEBLES |
10,000.00 |
TRANSMISIÓN DE BIENES INMUEBLES |
10,000.00 |
CONTRIBUCIONES DE MEJORAS |
50,000.00 |
CONTRIBUCIONES DE MEJORAS POR OBRAS PÚB. |
50,000.00 |
APORTACIÓN DE BENEFICIARIOS |
50,000.00 |
DERECHOS |
888,035.63 |
AVALUO DE PREDIOS Y OTROS SERVICIOS |
84,531.00 |
AVALUOS DE PREDIO URBANO |
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AVALUOS DE PREDIO RUSTICO |
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MANIFESTACIONES CATASTRALES |
12,776.00 |
AVISOS NOTARIALES |
71,755.00 |
DESARR. URB. OBRAS PÚBLICAS Y ECOLOGÍA |
35,542.83 |
ALINEAMIENTO DE INMUEBLES |
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LICENC. CONST. OBR. NVA. AMP. REV.MEM.CÁL. |
3,592.83 |
LICENCIAS PARA DIVIDIR FUSIONAR Y LOTIFICAR |
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DICTAMEN DE USO DE SUELO |
8,000.00 |
DESLINDE DE TERRENOS Y RECTIFICACION DE MEDIDAS |
10,950.00 |
ASIGNACION DE NUMERO OFICIAL BIENES INMEB. |
5,000.00 |
INSCRIPCIÓN AL PADRON DE CONTRATISTAS |
8,000.00 |
EXPEDICIÓN DE CERTIF. Y CONST. EN GRAL. |
25,213.48 |
BUSQUEDA Y COPIA DE DOCUMENTOS |
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EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES OFICIALES |
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EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS DE POSESIÓN D/PREDIOS |
|
EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS |
25,213.48 |
CANJE DE FORMATO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO |
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USO DE LA VÍA Y LUGARES PÚBLCOS |
9,000.00 |
USO DE LA VÍA Y LUGRES PÚBLICOS |
9,000.00 |
SERVICIO DE LIMPIA |
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SERVICIOS Y AUTORIZACIONES DIVERSAS |
103,595.00 |
LICENCIAS DE FUNC. P/VENTA D/BEBIDAS ALCOHÓLICAS |
15,000.00 |
LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO |
87,059.00 |
EMPADRONAMIENTO MUNICIPAL |
1,536.00 |
SERVICIOS DE ALUMBRADO PÚBLICO |
75,910.82 |
SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO |
75,910.82 |
SERVICIOS QUE PRESTEN LOS ORG. PÚBL. DESC. |
554,242.50 |
SERVICIO DE AGUA POTABLE |
543,926.50 |
CONEXIONES Y RECONEXIONES |
10,316.00 |
DRENAJE Y ALCANTARILLADO |
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MANTENIMIENTO A LA RED DE AGUA POTABLE |
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MANTENIMIENTO A LA RED D/DRENAJE Y ALC. |
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PRODUCTOS |
8,335.00 |
USO O APROV. DE ESPACIOS EN EL MERCADO |
5,195.00 |
MERCADOS |
5,195.00 |
USO O APROV. DE MUEBLES E INMUEBLES |
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AUDITORIO MUNICIPAL |
|
OTROS PRODUCTOS |
3,140.00 |
OTROS PRODUCTOS |
3,140.00 |
APROVECHAMIENTOS |
28,825.00 |
RECARGOS |
|
RECARGOS |
|
MULTAS |
28,825.00 |
MULTAS |
28,825.00 |
ACTUALIZACION |
|
ACTUALIZACIONES |
|
PARTICIPACIONES Y APORTACIONES |
27,177,724.09 |
PARTICIPACIONES E INCENTIVOS ECONÓMICOS |
17,072,413.51 |
PARTICIPACIONES |
17,072,413.51 |
APORTACIONES |
10,105,994.58 |
FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL (FISM) |
2,684,122.69 |
FONDO DE FORTALECIMIENTO A MUNICIPIOS (FORTAMUN-DF) |
7,421,187.89 |
OTRAS APORTACIONES FEDERALES |
– |
ENDEUDAMIENTO INTERNO |
5,000,000.00 |
ENDEUDAMIENTO INTERNO |
5,000.000.00 |
ENDEUDAMIENTO INTERNO |
5,000,000.00 |
SUMAS |
33,849,222.72 |
Artículo 5. Corresponde a la Tesorería Municipal la administración y recaudación de los ingresos municipales, podrá ser auxiliada por las dependencias o entidades de la administración pública estatal y municipal, así como por los organismos públicos o privados conforme a lo dispuesto en el Código Financiero, en relación con lo señalado en el numeral 73, de la Ley Municipal.
Artículo 6. Todo ingreso municipal, cualquiera que sea su origen o naturaleza, deberá ser registrado por la Tesorería Municipal y formar parte de la Cuenta Pública Municipal.
Por el cobro de las diversas contribuciones a que se refiere esta ley, el Ayuntamiento, a través de las diversas instancias administrativas, expedirá el correspondiente recibo de ingreso debidamente foliado y autorizado por la Tesorería Municipal.
Cuando al hacer los cálculos correspondientes resultaren fracciones, se redondearán al entero inmediato, ya sea superior o inferior.
Artículo 7. El Ayuntamiento podrá contratar financiamientos a su cargo, previa autorización del Congreso del Estado, exclusivamente para obra pública y equipamiento, hasta por un monto que no rebase el quince por ciento de los ingresos estimados apegándose a lo que establece el artículo 101, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.
Esta Iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2015 del Municipio de Xicohtzinco también esta conformada por los
siguientes capitulos; impuesto predial, Impuesto sobre transmisión de bienes inmuebles, impuesto sobre diversiones y espectáculos
públicos, avalúos de predios a solicitud des sus propietarios o poseedores, y manifestación catrastral, servicios prestados por la
presidencia municipal, en materia de desarrollo urbano, obras públicas y ecología, expedición de certificados y constancia en general, servicios y autorizaciones diversas, servicios de panteones, por el servicio de limpia, por el uso de la vía y lugares públicos, por la expedición o refrendo de licencias para la colocación de anuncios publicitarios, por servicio de alumbrado público, por los servicios que presten los organismos públicos descentralizados de la administración municipal, enajenación de bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio, por el arrendamiento de bienes inmuebles propiedad del municipio, otros productos, de los aprovechamientos, recargos, multas, indemnizaciones, participaciones, aportaciones federales y de los ingresos extraordinarios.