Patricia Zenteno legisla a favor del campo tlaxcalteca; ahora será obligación del Estado implementar acciones a favor de ejidos

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Los diputados locales el pasado 3 de febrero aprobaron adicionar un cuarto párrafo al artículo 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la que se establece como una obligación del estado la implementación de políticas públicas en beneficio de las comunidades agrarias.

Dicha iniciativa fue presentada el año pasado, al inicio de la Legislatura, por la diputada Patricia Zenteno Hernández, y fue aprobada en la Sesión Ordinaria del Congreso local del pasado martes 3 febrero de 2015.

“En el Estado de Tlaxcala la más representativa es la propiedad social a través del Ejido y las comunidades agrarias, en consecuencia es loable establecer en la Constitución Política Local, la obligación de instituir políticas públicas en beneficio de dicho sector”, planteó la legisladora.

Con la adecuación del citado precepto, se destacó que se logrará  que los ejidos, comunidades agrarias, organizaciones de trabajadores, sociedades cooperativas, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y toda aquella forma de organización social, logren el desarrollo.

Además, con dicho mandato, se estaría homologando la Constitución Política Local con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en razón de las políticas públicas son las acciones de gobierno que busca dar respuestas a las demandas de la sociedad,  por tanto es dable la presente adición, debido a que se beneficiará a la población tlaxcalteca y a la economía.

El mismo, en términos de lo previsto por el artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, se remitió  a los 60 ayuntamientos del Estado de Tlaxcala, para su cumplimiento.

De manera que el Artículo 99 de la Constitución Política local quedaría de la siguiente forma:

La planeación del desarrollo económico y social del Estado es obligatoria para el poder público. La ley definirá los niveles de obligatoriedad, coordinación, concertación e inducción a los que concurrirán los sectores público, privado y social en esta materia y establecerá los requisitos y especificaciones que deberá cubrir el Plan Estatal de Desarrollo y los planes municipales.

En la planeación, conducción, orientación y dirección de las actividades económicas, el Gobierno del Estado tendrá la atribución de regular, promover e impulsar a los agentes económicos, para mantener y alentar la libre competencia y el bienestar social.

Las estrategias rectoras para alcanzar al desarrollo integral, serán incluidas en el Plan Estatal de Desarrollo con proyección a largo plazo.

“El Gobierno del Estado impulsará la organización, promoción, y fortalecimiento del sector social que participa en la economía, a través de políticas públicas que contribuyan a la equitativa distribución de ingresos, así como a la mayor generación del patrimonio de este sector.”

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